Excepcionalmente, el municipio podrá otorgar la autorización cuando la calzada sea superior a siete metros e inferior a diez metros.
El 12 de mayo ingresó a la Cámara de Diputados el boletín Nº 15.926-06, proyecto de ley que modifica la Ley Nº21.411, en materia de requisitos para la implementación de medidas de control de acceso en calles y pasajes.
El presente proyecto modifica la ley Nº 21.411, con el fin de permitir, excepcionalmente, el cierre de pasajes y calles con vías de acceso y salida diferentes, cuando la calzada sea superior a siete metros e inferior a 10 metros. Para tal objetivo, se establece que la autorización municipal, además de los requisitos ya señalados en la actual legislación, requerirá el acuerdo de los dos tercios del concejo y la resolución que se dicte al efecto deberá ser fundada.
Así, la iniciativa establece que excepcionalmente, el municipio podrá otorgar la autorización cuando la calzada sea superior a siete metros e inferior a diez metros. Para tales efectos, se requerirá el acuerdo de los dos tercios del concejo y la resolución que se dicte deberá ser fundada.