El padre tendrá derecho a un permiso de cuatro semanas continuas, el que se deberá utilizar desde el momento del parto.
El pasado 22 de septiembre ingresó al Senado el boletín N° 14.604-13 que modifica el artículo 195 Código del Trabajo, en materia de permiso para el padre trabajador en caso de nacimiento de un hijo.
Al respecto el proyecto de ley establece que, en el caso de nacimiento de un hijo, el padre tendrá derecho a un permiso de cuatro semanas continuas, el que se deberá utilizar desde el momento del parto.
La duración del permiso se sujetará a las siguientes reglas: En primer lugar, el permiso será de dos semanas para los nacimientos y adopciones que tengan lugar desde la publicación de la ley y hasta el 31 de diciembre de 2023. En segundo lugar, el permiso será de tres semanas para los nacimientos y adopciones que tengan lugar desde 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2025. En tercer lugar, será de cuatro semanas, en los términos que se señalan anteriormente, para los nacimientos y adopciones que tengan lugar con posterioridad al último día del tramo anterior.
También se otorgará el permiso al padre que se encuentre en proceso de adopción, y se contará a partir de la notificación de la resolución que otorgue el cuidado personal o acoja la adopción del menor.
El trabajador que haga uso de este permiso tendrá derecho al subsidio a que se refiere el artículo 198 del código del Trabajo.