La renuncia se podrá llevar a cabo ante hechos graves que afecten severamente su desempeño en la Convención.
Este 11 de marzo, el Diario Oficial publicó la Ley 21.432, que a través de una Reforma Constitucional permite la renuncia de convencionales constituyentes.
La ley señala que se agregará en el inciso primero del artículo 134 de la Constitución, se agrega el siguiente texto:
“Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 60, los convencionales constituyentes podrán renunciar a su cargo cuando hechos graves afecten severamente su desempeño o pongan en riesgo el funcionamiento de la Convención Constitucional, y así lo califique el Tribunal Calificador de Elecciones”.
El proyecto de ley que derivó en esta nueva legislación, fue iniciada en una moción por los senadores Ximena Rincón, Carlos Bianchi, Francisco Huenchumilla, Carlos Montes, David Sandoval, Álvaro Elizalde, José Miguel Insulza y Juan Pablo Letelier.