21-11-2024
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Reportaje publicado no vulnera la protección de la vida privada

El reportaje solo se limitó a contar los hechos expuestos por la fuente, por lo que descartó la necesidad de brindar protección a la vida privada del recurrente.

El pasado 2 de julio, la Tercera Sala de la Corte Suprema en la causa rol N° 72.201-2020, confirmó la sentencia apelada del 9 de junio, en la causa rol N° 11.781-2020 dictada por la Corte de Valparaíso, que rechazó el recurso de protección deducido por un particular en contra del diario virtual, El Informador.

La acción de protección fue interpuesta por el particular el 13 de abril de 2020, en contra del diario virtual El Informador, quien, a juicio del recurrente, realizó una publicación que contiene información falsa y manifiestamente ilegal, puesto que acusan al recurrente de ser el nuevo rey de Isla de Pascua, acusándolo de graves irregularidades y de tener el control de territorio insular, lo que a criterio del recurrente no se ajusta a la realidad, atentando de esta forma contra su garantía fundamental contemplada en el numeral 4° del artículo 19° de la Constitución Política de la República, por lo que solicitó que se ordene eliminar la publicación de la página web del diario y que el medio pida disculpas públicas al pueblo de Rapa Nui.

La Corte Suprema por su parte, teniendo en merito los antecedentes tenidos a la vista, advirtió que el medio de comunicación electrónico publicó dicha información del recurrente en relación a las acusaciones de las cuales ha sido objeto dentro de su comunidad, sin que se haga participe de las mismas, puesto que en su redacción solo se limitó a relatar los hechos expuestos por las fuentes aludidas en su reportaje. Por lo que no divisa la necesidad urgente de brindar protección a la vida privada y a la honra del recurrente y de su familia, por lo que decidió confirmar la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó el recurso de protección deducido por el recurrente.

Causa Rol N° 72.201-2020

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