Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique.
El 06 de julio la Tercera Sala de la Corte Suprema en causa rol N° 161.256-2022 confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, la que rechazó la acción de protección interpuesta en contra de Gendarmería de Chile.
Cabe tener presente que en representación del Oficial Penitenciario del grado de mayor de Gendarmería y la Cabo 2° de Gendarmería de Chile ambos padres en representación de su hijo menor de edad con condición de autismo, dedujeron una acción de protección en contra de Gendarmería de Chile, a fin de que el Tribunal de Alzada adopte las medidas tendientes a cautelar el legítimo ejercicio de los derechos constitucionales establecidos en el artículo 19 N° 1 y N° 2 de la Constitución Política de la República, de cuyo ejercicio legítimo se perturba y/o amenaza, como consecuencia del proceder arbitrario e ilegal de la institución recurrida, a través de la Resolución Exenta RA N° 142/1368/2022(10 de junio 2022), y Resolución Exenta RA N° 142/1998/2022 (17 de agosto 2022), actos administrativos institucionales que en forma ilegal y arbitraria, han conculcado los derechos y garantías constitucionales. Señalaron que con fecha 10 de junio del 2022, por medio de Resolución Exenta RA N° 142/1368/2022 de Gendarmería de Chile y notificada con fecha 19 de agosto del 2022, se dispuso la destinación del Mayor grado 8 E.U.S, de la planta de Oficiales Penitenciarios de Gendarmería de Chile, del padre del menor, quien actualmente se desempeña como Jefe Operativo Regional, para desempeñarse en el complejo penitenciario de Valparaíso, de la comuna y región del mismo nombre, para ejercer las funciones inherentes a su cargo. Los recurrentes señalan que debido a la destinación solicitaron la reconsideración del traslado, sin embargo, denegaron la atención y el otorgamiento de una respuesta a la solicitud.
Posteriormente mediante la Resolución Exenta RA Nº 142/1998/2022 de fecha 17 de agosto de 2022 y notificada el día 18 de agosto, por disposición del Sr. Director Nacional de Gendarmería de Chile, se resuelve el traslado de la madre del menor a cumplir funciones a la Unidad de Servicios Especiales Penitenciarios de Valparaíso.
La Corte de Apelaciones de Coyhaique consideró que las resoluciones impugnadas mencionadas anteriormente que disponían el traslado de los recurrentes fueron dictadas de conformidad a las formas establecidas para ello, siendo una decisión fundada en razones de buen servicio que no reviste caracteres de arbitrariedad, por cuanto consideró la situación familiar de los recurrentes, al ser trasladados ambos funcionarios a la misma ciudad y recinto penitenciario, sin advertirse una vulneración de las garantías constitucionales. Asimismo, señaló que las resoluciones materia de este recurso, se han ceñido a la normativa aplicable considerando que la recurrida corresponde a un órgano del Estado, que presenta una estructura jerárquica y disciplinada, cuyos funcionarios tienen derechos y obligaciones, estando sometidos a un régimen disciplinario que los compele a acatar las decisiones que autónomamente adopta la autoridad, pero siempre bajo el respeto de los derechos fundamentales inherentes a toda persona.
Apelada la decisión, la Corte Suprema lo confirmó.