29-03-2024
HomeEntrevistasRodrigo León, abogado experto en propiedad industrial: “La ley es un cambio enorme. Pero más que eso, deben existir políticas públicas que potencien la innovación”

Rodrigo León, abogado experto en propiedad industrial: “La ley es un cambio enorme. Pero más que eso, deben existir políticas públicas que potencien la innovación”

Además, el experto lamentó que en la propuesta constitucional no se acogieran normas relativas a la propiedad industrial.

El pasado 9 de mayo entró en vigor la Ley Nº 21.355 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que modifica la Ley de Propiedad Industrial, una legislación que databa de 1991, y que ahora permite a los usuarios del sistema tener mayores herramientas al momento de solicitar derechos de protección.

Sin duda los cambios son positivos, pues permiten a los inventores y emprendedores enfrentar de manera más competitiva al mercado. Sin embargo, existen ciertos ámbitos que vale la pena analizar y otros en los que todavía falta camino por recorrer.

Por esto, en Actualidad Jurídica conversamos con Rodrigo León, Socio Abogado del estudio Silva & Cía. y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez, quien nos explicó los verdaderos alcances de la actual legislación y aquellas áreas que todavía falta por desarrollar.

¿En qué ubicación nos deja esta nueva ley 21.355 que modifica las normas de propiedad industrial en Chile?

La modificación a la Ley de propiedad industrial 19.039 mediante la Ley 21.355 ajusta varias materias relevantes actualizando la legislación en temas muy importantes. Por ejemplo, en materia de marcas comerciales se establecen, entre otras materias, la ampliación del concepto de marca comercial. Mediante la nueva modificación, hoy el concepto de marca comercial incluye muchos otros signos distintivos inexistentes hasta hace unas semanas, por ejemplo, las marcas olfativas, de posición, no tradicionales en general, dejando atrás el reconocimiento limitado de marcas denominativas y etiqueta. Así, se podrán registrar como marcas comerciales, figuras tridimensionales, aromas, posiciones, etc., lo que hace aún más atractivo el registrar los signos distintivos de productos y servicios. Por de pronto ya no existen las marcas de establecimiento, una clase muy desusada y compleja de administrar.

Por último en materia de marcas, el reconocimiento de la caducidad por no uso nos iguala a estándares internacionales, En temas de patentes se reconoce la patente provisional, lo que permitirá administrar de mejor manera el desarrollo de la innovación a medida que se cumpla su derrotero de investigación. Uno puede hoy preparar, a través de la solicitud provisional en un plazo de 12 meses, la solicitud definitiva, dándole mejor protección al investigador en el trabajo de investigación, de manera de no tener que esperar resultados definitivos para tener algún tipo de solicitud presentada.

También, en el ámbito de las patentes se reconoce la acción de usurpación protegiendo de mejor manera a los inventores, y por último se amplía el plazo de protección de los diseños industriales a 15 años, lo que lo hace aún más atractivo como derecho industrial de protección.

¿Cuáles son los cambios que más valora usted como experto en el tema?

Sin perjuicio de lo señalados en la respuesta anterior, creo que el cambio más interesante dentro de las reformas es el enorme cambio al concepto de secreto empresarial. Antes de la reforma se protegían solamente los conocimientos técnicos de un producto o procedimiento industrial secreto, hoy pasamos a un concepto mucho más amplío en que se pasa a proteger la información que recaiga sobre productos o procesos industriales y comerciales, por lo que ahora, en la ley, todos tiene secretos comerciales, desde un pequeño restaurant (en sus precios de proveedores, recetas o modelos de negocios) hasta una gran empresa industrial. Realmente es un cambio enorme.

¿En qué materias esta nueva legislación queda al debe, según su opinión?

Personalmente, creo que debió ahondarse más en el tema de secretos comerciales, por ejemplo, en el tema de procedimiento de defensa de secretos, sanciones especiales, entre otras cosas. Por otro lado, creo que podría haber sido interesante cambiar el procedimiento de registro de patentes permitiendo obtener el informe de patentabilidad antes de la publicación, pero creo que la nueva ley es un gran avance.

¿En qué sentido estas modificaciones podrían cambiar el panorama para el desarrollo de más innovación y conocimiento en nuestro país? ¿Cree que se genera un escenario que podría llevar a Chile a un lugar más relevante en esta materia?

Creo que puede ayudar, pero la ley no emprende o innova, lo hacen las personas, y más que leyes de registro o procedimiento de derechos industriales deberían existir una política pública más clara en que se potencie el emprendimiento e innovación en general, en que realmente se premie al que toma el riesgo de poner un nuevo producto o tecnología en el mercado. Apoyarlo desde su inicio, que es el único desarrollo real para nuestro país, un desarrollo tecnológico que potencie las ganas de emprender.

Durante el seminario sobre estas modificaciones a la ley de Propiedad Industrial, se conversó sobre la tendencia contraria que se ha visto en el país a raíz del proceso constitucional, ¿de qué manera podría impactar esto este rubro en caso de que se aprobara la nueva Constitución? ¿Qué importancia tendrá el trabajo legislativo, en este sentido?

Efectivamente, el proceso constitucional quedó al debe en materia de propiedad industrial, no se acogieron unos artículos que protegían especialmente la propiedad industrial y reconocían a la propiedad intelectual como un todo. A diferencia del derecho de autor y derechos conexos que lograron una protección a mi juicio excesiva.

Pero existen otros artículos, por el lado del desarrollo científico que podrían ser interpretados como protectores del sistema de propiedad industrial, habrá que ver que pasa con el devenir constitucional y lo más importante, su implementación en sede legal. De aprobarse la nueva constitución vendrá una década legal para Chile, destinada a armonizar nuestro ordenamiento jurídico con la nueva constitución. Habrá mucho trabajo para los abogados.

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