21-11-2024
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Se perfecciona legislación electoral vigente

La ley establece modificaciones relativas a la publicación y notificación de los actos propios del Servel.

Con fecha 16 de febrero se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.311, que modifica diversos cuerpos legales para efectos de perfeccionar la legislación electoral vigente.

Se adecua el Padrón Electoral, conformando una nómina especial en la que se singularizará a quienes no serán considerados inicialmente en él. Dicha nómina contendrá a los electores mayores de 90 años que no cuenten con su documento de identidad vigente, por no haber obtenido o renovado su cédula nacional de identidad, cédula de identidad para extranjeros o pasaporte, en los últimos once años, de acuerdo a la información que al respecto obtenga el Servicio Electoral desde el Servicio de Registro Civil e Identificación, y que además no hayan votado en las últimas dos elecciones.

El Servicio Electoral deberá publicar en su sitio web dicha nómina, la que estará a disposición del público y podrá ser consultada por línea telefónica. Asimismo, deberá notificar a las personas incluidas en la referida nómina mediante carta certificada dirigida al domicilio electoral consignado en el Registro Electoral.

Además, la ley establece modificaciones relativas a la publicación y notificación de los actos propios del Servel a través de medios electrónicos, por ejemplo, la publicación del número de patrocinantes que requiere las candidaturas de independientes se podrá realizar a través de una plataforma electrónica dispuesta por el Servicio Electoral, a la que se accederá previa autentificación de identidad.

Otro caso en donde se cambió la forma de publicación, es el número de consejeros regionales a elegir en cada región, así como el que corresponda a cada circunscripción provincial y del número de concejales que elegirá cada comuna o agrupación de comunas, la que se podrá realizar a través del sitio electrónico del Servicio Electoral.

Ley N° 21.311

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