El Servicio, además, propone una serie de buenas prácticas, como que la publicidad no debe promover estereotipos.
El pasado 16 de junio, el Servicio Nacional del Consumidor publicó la Resolución exenta Nº 534, que aprueba la Circular Interpretativa sobre Publicidad Nativa e Influencers.
Con esto, se busca conceptualizar el mecanismo publicitario, denominado publicidad nativa; conceptualizar a los sujetos publicitarios, denominados influenciadores o influencias; determinar la regulación y principios aplicables a ambos tipos y actores publicitarios; e identificar y fomentar la implementación y cumplimiento de buenas prácticas dentro de dichos rubros.
Según la circular, los influencers son aquellas personas que, por su grado de credibilidad y/o reconocimiento en las redes sociales, pueden lograr influenciar, motivar o inducir a sus seguidores a efectuar un determinado acto de consumo, a cambio de cualquier tipo de beneficio o compensación por la publicidad efectuada.
De acuerdo lo señala en la circular, el SERNAC plantea que los anunciantes deben regir su actividad en virtud de los principios publicitarios contenidos en el documento, especialmente en aquellas materias que no cuentan con regulación de la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor.
Así, tanto en la actividad de las influencias como en la publicidad nativa se debe dar cumplimiento a la normativa que regula la publicidad comercial, por lo que, antes cualquier incumplimiento o infracción por parte de éstos, la responsabilidad civil e infracciones recae en el anunciante.
Además, a través de esta circular, el SERNAC propone una serie de buenas prácticas para los mencionados casos:
- Identificación clara y destacada del contenido publicitario
- Información clara respecto al vínculo con el anunciante
- Exposición clara de las características del producto o servicio
- Opinión honesta e íntegra sobre el producto o servicio
- La publicidad no debe promover estereotipos
- Verificación de veracidad de las afirmaciones objetivas
- Resguardo del contenido publicitario dirigido a niños, niñas y adolescentes
Finalmente, se indica que la resolución entrará en vigencia desde la publicación del acto administrativo en la página web del SERNAC.
Resolución exenta Nº 534 del Servicio Nacional del Consumidor