Los principios consagrados en el artículo 6° y 7° de la Constitución Política de la República, posibilitan el recurrir ante los tribunales de justicia para lograr la anulación de los actos contrarios a derecho.
El fallo concluyó que la revocación de la prórroga de una contrata, antes del inicio del nuevo período anual, no afectó un derecho adquirido en el caso.
La Cuarta Sala confirmó la sentencia que desestimó una demanda por competencia desleal deducida por Consorcio Valle Hermoso S.A. contra Mantoverde S.A.