El recurrente se encontraba en situación de eliminación desde el año 2021, sin embargo, se le permitió matricularse y cursar el primer semestre del año 2022, sin hacer efectiva la causal de eliminación.
Es improcedente la querella de capitulo impetrada en contra del amparado, por referirse a hechos o actos que habría ejecutado fuera del ejercicio de la función pública.
Asimismo, deberá abstenerse de realizar tal maniobra, sin contar previamente con las autorizaciones legales contempladas en el artículo 41 del Código de Aguas.
La Segunda Sala descartó vulneraciones al debido proceso y confirmó la condena por fingimiento del cargo de abogado, junto con el delito de uso malicioso de documento privado falso.
La Tercera Sala impuso suspensión de un mes y multa de 5 UTM a una abogada por incorporar referencias doctrinarias no verificadas en un recurso de casación en el fondo.