El objeto es realizar un análisis de la ley N° 21.643 relativas a la denuncia, investigación, el reglamento interno, medidas de resguardo, entre otras.
Establece un impuesto sobre las transacciones de ventas que se efectúen en ferias libres, el cual tendrá el carácter de un impuesto sustitutivo del impuesto a las ventas y servicios.
Los inmuebles que se intentan rematar en este proceso, si bien registran una medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos, decretada por el 2° Juzgado de Letras del Trabajo, no han sido embargados.
El retraso en la atención médica, y no realizar un diagnóstico correcto y oportuno de la enfermedad que aquejaba fue el factor clave en la pérdida de visión del paciente.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.