Al haber optado previamente por la vía judicial la recurrida no estaba facultada para hacer los descuentos efectuados al trabajador, tornándose en arbitraria su conducta.
Al analizar la resolución en cuestión carece de la fundamentación esperada para una que dispone la medida cautelar más intensa que considera nuestro ordenamiento jurídico.
Se constató las precarias condiciones de hacinamiento, alimentación, salubridad y sanitarias en que se encuentran actualmente los recurrentes y demás internos del Centro Penitenciario de Tocopilla.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.
Máximo tribunal estableció que la figura del agente público configura un régimen jurídico especial, distinto del contrato laboral y del honorario común.
La Ley N° 21.813 crea un marco especial para proyectos de desalinización, con reglas sobre estrategia nacional, concesiones, servidumbres, fiscalización, sanciones y vigencia.