Se aumentó el plazo en 2 años por las barreras administrativas y tecnológicas que han sido un impedimento para que las personas puedan cumplir con la ley.
El funcionario condujo vehículo en estado de ebriedad, chocando a un vehículo particular, causando daños, y fugándose del lugar sin prestar ayuda a víctimas.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.