No existe constancia documental de la existencia de una servidumbre de tránsito, uso o paso que justifique el acceso del actor a través del terreno de la madre de los recurridos.
Las compensaciones que realiza la Tesorería General de la República constituyen el legítimo ejercicio de una facultad que le ha sido otorgada legalmente.
La acción intentada buscaba impugnar la aplicación de la Ley N°21.772 y no una infracción al derecho a desarrollar actividades económicas en los términos protegidos por el amparo económico.
La Tercera Sala estimó que la acción de protección no era la vía idónea para discutir la Ordenanza Municipal N°005, que fijó horarios diferenciados para locales de expendio de alcohol en el centro de Calama.
La Cuarta Sala reconoció relación laboral entre una trabajadora y la Municipalidad de San José de Maipo. El fallo declaró injustificado el despido y ordenó el pago de indemnizaciones, feriados y cotizaciones adeudadas.