Tiene por objeto facilitar el procedimiento de inscripción de derechos de aguas en caso de que entren en operación nuevos oficios conservatorios.
El 17 de julio ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín Nº 16.111-01, proyecto de ley que simplifica el procedimiento de inscripción de derechos de agua modificando el artículo segundo transitorio de la ley Nº 21.435 que reforma el Código de Aguas.
La presente propuesta, tiene por objeto facilitar el procedimiento de inscripción de derechos de aguas en caso de que entren en operación nuevos oficios conservatorios, evitando que la inscripción deba llevarse a cabo en dos Conservadores de Bienes Raíces, pues esto será gestionado mediante traspaso del antiguo al nuevo oficio competente.
Así, el proyecto de ley establece que en aquellos casos en los que entren en funcionamiento nuevos oficios conservatorios, la inscripción de los derechos de aguas deberá realizarse y concluirse en el oficio que era competente con anterioridad. Transcurrido el plazo señalado, el Registro de Propiedad de Derechos de Agua y todos sus antecedentes serán traspasados al nuevo oficio competente.