21-11-2024
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Proyecto de ley busca reconocer el principio de interés superior del niño, niña o adolescente como principio orientador de la educación en la Ley General de Educación

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que las medidas educativas que se adopten consideren primordialmente su interés superior.

El 31 de julio ingresó a la Cámara de Diputados el boletín Nº 16149-04, proyecto de ley que reconoce el principio de interés superior del niño, niña o adolescente como principio orientador de la educación en la Ley General de Educación.

El presente proyecto de ley tiene como objetivo incorporar como principio orientador de las instituciones públicas y privadas que participen en el ámbito educativo, la consideración primordial del interés superior de la niñez y adolescencia en todas las medidas que adopten, en consonancia con su autonomía progresiva.

En este sentido, la nueva propuesta establece que el interés superior del niño, niña o adolescente, en consonancia con su autonomía progresiva. Todos los actores del proceso educativo deben una consideración primordial al interés superior de niños, niñas o adolescentes en las medidas que les conciernen, entendido aquél como la máxima satisfacción posible de sus derechos y garantías cuando en alguna decisión se evalúen y sopesen los distintos intereses involucrados en el asunto, lo que deberá realizarse resguardando también su autonomía progresiva, en virtud de la que éstos podrán ejercer sus derechos por sí mismos, de acuerdo a la evolución de sus facultades, atendiendo a su edad, madurez y grado de desarrollo que manifiesten.

Así, el proyecto de ley señala que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que las medidas educativas que se adopten consideren primordialmente su interés superior.

Boletín Nº 16149-04

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