05-02-2025
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Corte de Apelaciones de Santiago anuló orden de expulsión contra ciudadana argentina

La medida decretada resulta del todo arbitraria por su desproporción en tanto existen antecedentes allegados a esta causa que no han sido considerados por la Administración.

El 24 de diciembre la Corte de Apelaciones de Santiago en causa rol N° 3631-2024 acogió el recurso de amparo interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, dejó sin efecto Resolución Exenta N° 755, de fecha 14 de mayo de 2014, de la Intendencia Regional de La Araucanía que ordenó la expulsión de la amparada del territorio nacional, debiendo la autoridad emitir su decisión, considerando de manera expresa y razonadamente los antecedentes que obran en este proceso.

Cabe tener presente que una ciudadana argentina interpuso un recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones por el acto ilegal y arbitrario consistente en mantener una orden de expulsión contra la amparada, la que se plasmó en la resolución N° 755 de fecha 14 de mayo de 2014, emitida por Intendencia de la Región de La Araucanía.

La recurrente alegó que se le aplicó la medida expulsión por la comisión de delitos que estaban siendo investigados, primero en la causa RIT 531-2013 del Juzgado de Garantía de Temuco, el que la derivó por incompetencia al Juzgado de Garantía de Curacautín, donde se originó la causa 4399-2014, causa por delitos de infracción a ley de aduanas, proceso judicial que se encuentra finalizado por haberse aplicado la decisión de no perseverar en la investigación del Ministerio Público, terminándose el procedimiento sin condena, no obstante hasta la actualidad se mantiene vigente la medida que no le permite ingresar al país infringiendo con ello su libertad ambulatoria.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso interpuesto en los términos indicados precedentemente, toda vez que existe una discusión sobre el fundamento que sirvió de base para la adopción de la medida, esto es, estar formalizada la extranjera por la comisión de delitos contra la Ordenanza de Aduana sin que haya existido una sentencia condenatoria y estar concluida por comunicación de no perseverar en el procedimiento.

Por lo que a juicio de la Corte, si bien la medida decretada es legalmente procedente, resulta del todo arbitraria por su desproporción en tanto existen antecedentes allegados a esta causa que no han sido considerados por la Administración, a saber, que la amparada nunca fue condenada por el delito que fue investigada.

Corte de Apelaciones

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