09-05-2025
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Corte deja sin efecto sanción de 30 días sin visitas a recluso

La resolución impugnada deviene en ilegal.

El 29 de abril la Corte de Apelaciones de La Serena en causa rol N° 203-2025 acogió el recurso de amparo interpuso en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, de 10 de abril del año en curso y, en consecuencia, se la deja sin efecto, en cuanto aplica sanción disciplinaria de privación de visita por treinta días, imponiéndosele aquélla prevista en la letra g) del artículo 81 del DS 518 -privación hasta por una semana de toda visita o correspondencia con el exterior- y, atendido el tiempo transcurrido desde su aplicación, se la tiene por cumplida.

El recurrente es un privado de libertad en el Complejo Penitenciario La Serena y recurre en contra de la resolución dictada por el juez de Garantía de La Serena por la aplicación de la sanción disciplinaria de privación de toda visita por treinta días, alegando su improcedencia al ser una falta de carácter menos grave.

La Corte de Apelaciones acogió el recurso de amparo, toda vez que no existe congruencia entre la naturaleza de la infracción con la sanción impuesta, conforme lo dispuesto en los artículos 79 y 81 del DS 518, toda vez que, la recalificación y subsunción a las hipótesis de infracciones menos graves importan la aplicación de las sanciones dispuestas por el artículo 81, debiendo hacerse lugar a la petición de la defensa, en cuanto a la procedencia de la sanción de la letra g) del citado artículo.

Corte de Apelaciones de La Serena

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