La Contraloría Regional instruyó a la Municipalidad adoptar las medidas necesarias para garantizar la apertura del pasaje.
El 13 de mayo la Corte Suprema en causa rol N° 15.232-2025 confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, la que rechazó con costas la acción de protección interpuesto en contra de la Contraloría Regional de Valparaíso y la Ilustre Municipalidad de Quilpué.
Cabe tener presente que cinco copropietarios interpusieron una acción de protección en contra de la Contraloría Regional de Valparaíso y la Ilustre Municipalidad de Quilpué en contra de la dictación del Decreto Alcaldicio N° 2.628, de fecha 18 de junio de 2024, que ordena la demolición del cierre perimetral y portón instalado en el referido pasaje, así como el contenido del Dictamen N°E454909/2024 de Contraloría, de fecha 21 de febrero de 2024, que declara que el pasaje en cuestión constituye un bien nacional de uso público. Estiman que tales actos vulneran sus garantías constitucionales reconocidas en el artículo 19 N° 1, N° 2 y N °24 de la Constitución Política de la República.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó la acción de protección toda vez que los actos recurridos fueron emitidos por los órganos competentes en el ejercicio legal de sus atribuciones, sustentados en antecedentes facticos y jurídicos
Indica que la Contraloría Regional instruyó a la Municipalidad adoptar las medidas necesarias para garantizar la apertura del pasaje, derivando en la dictación en la dictación del Decreto impugnado, acto que se encuentra debidamente fundado en la normativa vigente, toda vez que de acuerdo con el artículo 148 faculta al alcalde ordenar la demolición de cierres ejecutados en bienes nacionales de uso publico sin autorización legal.