El máximo tribunal mantuvo la sentencia que anuló el decreto municipal que ordenaba restituir más de $36 millones por una asignación especial transitoria.
La Corte Suprema en causa rol N°33.363-2024, en fallo de 22 de abril rechazó el recurso de casación en el fondo deducido por la Municipalidad de Santiago en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago de 8 de julio de 2024. La decisión dejó firme lo resuelto por la Corte de Apelaciones, que acogió el reclamo y anuló el Decreto Exento Sección 3ra N° 2191, de 2023.
El conflicto se originó cuando la exdirectora de salud municipal reclamó contra el Decreto Sección Legal N° 9023, de 2023, que había rechazado su reclamo administrativo contra el decreto que le ordenó restituir $36.691.837.
Según el municipio, la Contraloría General de la República había señalado que la asignación percibida entre julio de 2021 y julio de 2023 no se ajustaba a derecho, atendido el cargo desempeñado por la reclamante.
La Corte de Apelaciones estimó que la asignación había sido percibida con sujeción a las reglas jurídicas aplicables, sobre la base de ley, reglamento y acuerdo municipal. Además, consideró improcedente que, con posterioridad y por vía administrativa, se ordenara sin más el reintegro de las sumas pagadas.
La Municipalidad de Santiago sostuvo en casación que la sentencia infringió el artículo 45 de la Ley N° 19.378 y que dejó de aplicar el artículo 41 de la Ley N° 19.880. A su juicio, el fallo permitía extender indebidamente el pago de la asignación a profesionales de la red de salud comunal.
La Corte Suprema señaló que las infracciones denunciadas no se correspondían con el fundamento decisivo de la sentencia recurrida. Para el máximo tribunal, la Corte de Apelaciones no resolvió únicamente si la asignación estaba bien o mal otorgada en el fondo. Su razonamiento central fue que la municipalidad no podía disponer directamente el reintegro de una suma percibida conforme a leyes, reglamento y acto municipal, sin perjuicio de discutir la materia en otro procedimiento.
La sentencia agregó que esa discusión podía ventilarse en un juicio distinto, como la acción civil iniciada por la propia municipalidad contra la reclamante. Por ello, las infracciones de ley denunciadas carecían de influencia sustancial en lo decidido.
En consecuencia, la Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo y mantuvo la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago. Con ello, quedó firme la anulación del decreto que ordenaba la restitución de los montos percibidos.
Corte Suprema rol N°33.363-2024






