19-04-2024
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Aportantes no podrán solicitar al SERVEL mantener sin publicidad su identidad con independencia del monto que aporten a la candidatura

Proyecto pretende aumentar los estándares de transparencias en las campañas políticas.

El pasado 17 de marzo de 2021, ingresó a la Cámara de Diputados, el Boletín N° 14105-06, que modifica la Ley N° 19.984, Orgánica Constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral para derogar la institución de los aportes privados sin publicidad.

El proyecto tiene como objetivo central aumentar los estándares de transparencia en las campañas políticas, planteado la eliminación de los aportes privados sin publicidad. Para ello, la moción modifica el Decreto con Fuerza de Ley N° 3, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 19.884, Orgánica Constitucional de Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, en el sentido de derogar su artículo 20, que faculta a los aportantes para solicitar al Servicio Electoral mantener sin publicidad su identidad, siempre y cuando dichos aportes no superen cierta cantidad de Unidades de Fomento, las que dicen relación con el tipo de Candidatura a la que se está aportando, los que en ningún caso podían ser en total, superiores a 120 UF para un mismo tipo de elección.

Finalmente, cabe destacar que, en base a esta derogación, a los funcionarios del Servicio Electoral ya no le serían aplicables las normas sobre secreto bancario, contenidas en el artículo 154 de la Ley General de Bancos y lo dispuesto en los artículos 246 y 247 del Código Penal, puesto que no tendrán la obligación de mantener en reserva la identidad de los aportantes.

Boletín 14105-06

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