01-05-2024
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CMF aprueba norma que regula el registro, autorización y obligaciones de los prestadores de servicios financieros

La NCG entrará en vigencia el día 3 de febrero del 2024.

El 12 de enero la Comisión para el Mercado Financiero emitió la Resolución N° 578, mediante la cual aprueba norma que regula el registro, autorización y obligaciones de los prestadores de servicios financieros de la Ley Fintec.

En cuanto a la inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros, esta se deberá ingresar una solicitud a través del sitio web de la Comisión, la que deberá ser presentada por el representante legal o convencional del solicitante, quien será el responsable de la veracidad e integridad de toda la información proporcionada a la Comisión.

Los requisitos se señalan en dicha norma. Ingresada la solicitud y verificada la completitud de los antecedentes requeridos en la presente sección, se procederá a la inscripción de la entidad en el Registro, previo pago por parte del solicitante de los derechos establecidos en el artículo 33 del D.L. N° 3.538.

Por otro lado, para solicitar su cancelación del Registro de Prestadores de Servicios Financieros, se deberá remitir a la Comisión una solicitud de cancelación suscrita por el representante de la entidad. En el caso de personas jurídicas, a partir de dicha cancelación deberá procederse con la correspondiente reforma de estatutos para adecuar el objeto social a servicios que no estén regulados ni sometidos a obligación de inscripción.

En cuanto a la autorización para la prestación de servicios, se regulan los requisitos para la prestación de servicio, la cual la que puede ser presentada junto con la solicitud de inscripción en el registro.

En relación con las obligaciones de información, los proveedores de servicios financieros, independiente de las actividades que les hayan sido autorizadas, deberán implementar políticas, procedimientos y controles para cumplir con las obligaciones de información que se señala en la norma.

La norma asimismo regula materia tales como el gobierno corporativo y gestión de riesgos, el capital y garantías, la capacidad operaciones y otros aspectos.

Resolución N° 578

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