27-04-2024
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Conectividad digital en la propuesta constitucional ¿Avance o retroceso?

Como país estamos ad-portas de culminar un proceso constitucional, cuyo resultado fue la redacción de una Carta Magna que organizará administrativa a nuestro país, establecerá el rol del Estado en la sociedad, aumentará el catálogo de derechos sociales, entre otros. Sin perjuicio de lo anterior, el mencionado proceso también será una oportunidad para discutir sobre nuevos temas, que parecían ser inimaginables en el siglo pasado, tales como Inteligencia Artificial o acceso universal a Internet. En este sentido la propuesta constitucional dentro de su catálogo de derechos fundamentales propone garantizar “al acceso universal, a la conectividad digital y a las tecnologías de la información y comunicación”

De acuerdo con lo anterior, la propuesta pone como centro el acceso a la conectividad, de manera de reducir tanto en analfabetismo digital como las brechas que pudieran existir, por factores más etarios o de ubicación geográfica de las personas. Es decir, la propuesta hace suponer que debemos a lo menos continuar con las exitosas políticas realizadas por nuestro país en la materia, donde de acuerdo a lo señalado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL) las conexiones a Internet en Chile, evidenciaron que, a marzo de 2022, existen 22,2 millones de conexiones móviles (3G, 4G y 5G), habiendo un aumento de 5,2% en comparación con las conexiones percibidas en igual período de 2021. Asimismo, las autoridades del sector señalaron que el crecimiento de las conexiones fijas residenciales a Internet subió en marzo de 2022 en un 9,5%.

Los anteriores datos nos permiten concluir, que pese a la falta de un texto constitucional expreso que garantice el acceso digital, se ha avanzado de sobremanera en la penetración por cantidad de habitantes en el mundo digital por lo que una regulación que signifique la bajada del texto constitucional podría, lejos de mejorar la situación, poner barreras a su cometido. Es por esta razón, que, de aprobarse la propuesta, la ley que la regule debiera tener como objetivo facilitar las alianzas públicas-privadas, la inversión y la desburocratización y no tanto una regulación en materia de fijación de tarifas o que obliguen a proveedor a costear la llamada última milla como requisito en el otorgamiento de concesiones, que desde el punto de vista operacional o económico muchas veces no es rentable o posible. Estas alianzas encuentran detractores y precisamente es desde la regulación donde se ha querido, a partir de buenas intenciones, y con slogans como “libre acceso”, “derecho humano”, “servicio público”, querer por ejemplo consagrar el acceso a Internet como garantía constitucional de una manera maximalista y no como un objetivo. Llama la atención, que no obstante a haber señalado el aumento del acceso a Internet en Chile, es para algunos políticos  necesario, que Internet tenga la calificación de servicio público de telecomunicaciones para: (i) disminuir la aun existente brecha digital, en especial en regiones; y (ii) mejorar el acceso por medio del desarrollo y despliegue de las redes de servicios de telecomunicaciones.

Lo anterior, nos obligar a preguntar ¿es este el camino correcto? En mi opinión no, por cuanto un texto constitucional (muy en boga su santificación como resolución de nuestros problemas) debe ir respaldado por una política pública, pero con alianza privada, de manera de crear incentivos y no restricciones en el otorgamiento de concesiones, y la llamada inversión pública para la instalación de redes que permitan resolver el eterno problema en materia de costos de la “última milla” para otorgar el acceso. Asimismo, es necesario reconocer que la propuesta de constitución, en algo si acierta, y es que su texto debe ser un marco para garantizar accesos a entornos digitales y no solo Internet, evitando tener un texto que pueda caer en una rápida obsolescencia producto del avance tecnológico, razón por lo cual es mejor entregar la regulación a leyes, que además son más capaces de regular desde un punto de vista más técnico la materia. Finalmente, para el tema de acceso a Internet, es importantísimo entender la naturaleza del mercado en específico, por cuanto en caso de ser considerado como un servicio público, estaría sujeto a las lógicas tarifarias de los mismos, así como las suspensiones en sus pagos en el marco de una pandemia o catástrofe, por ejemplo, en circunstancias que las empresas que proveen los servicios de acceso de Internet, están insertas en un mercado muy atomizado.

El proceso nos planteará desafíos, pero no podemos casarnos con dogmas, sin tomar en consideración lo hecho y por otro lado sin entender las complejidades y realidades de los servicios que se quieran regular.

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Escrito por

Socio Magliona Abogados, Abogado Universidad de Chile, Magister en Derecho y Nuevas Tecnologías Universidad de Chile, Diplomado Derecho Propiedad Intelectual e Industrial Pontificia Universidad Católica de Chile.