La pretensión perdió oportunidad porque la funcionaria se mantuvo en funciones y su vínculo fue renovado para 2026.
La Corte Suprema en causa rol N°37.935-2025, en sentencia de 18 de mayo, revocó el fallo dictado el 1 de septiembre de 2025 por la Corte de Copiapó y rechazó el recurso de protección deducido por una funcionaria municipal contra la Municipalidad de Copiapó.
El acto impugnado era el Decreto Alcaldicio N°4159, de 21 de febrero de 2025, suscrito por el alcalde de la Municipalidad de Copiapó, que puso término anticipado a la contrata de la recurrente. La funcionaria pidió dejar sin efecto dicho acto, ordenar su reintegro y disponer el pago de remuneraciones.
Durante la tramitación ante la Corte Suprema, la recurrente informó que el municipio la mantuvo en funciones hasta la expiración legal de su designación a contrata. Además, señaló que luego se dictó el Decreto Alcaldicio N°23.086, de 20 de noviembre de 2025, que renovó el vínculo para el año 2026.
La Corte recordó que el recurso de protección del artículo 20 de la Constitución tiene naturaleza cautelar. Su finalidad es amparar derechos preexistentes frente a un acto u omisión ilegal o arbitrario actual, cuando exista una medida judicial idónea para restablecer el imperio del derecho.
Sobre esa base, el tribunal concluyó que la pretensión había sido satisfecha. Al mantenerse la funcionaria en funciones y renovarse su vínculo para el año siguiente, el supuesto fáctico que sustentaba la acción constitucional dejó de subsistir.
La razón decisiva del fallo fue la pérdida de oportunidad del recurso. Para la Corte, ya no existía una medida útil que adoptar en sede de protección, porque el efecto práctico perseguido por la recurrente —continuidad en sus funciones— se encontraba cumplido.
En consecuencia, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada de la Corte de Copiapó y rechazó el recurso de protección.
Corte Suprema Rol N°37.935-2025






