La medida de expulsión es desproporcionada.
El 19 de agosto la Corte Suprema en causa rol N° 32.117-2025 revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta y en su lugar acogió el recurso de amparo interpuesta en favor de una ciudadana venezolana, dejando sin efecto la orden de expulsión dispuesta por el Servicio Nacional de Migraciones por Resolución Exenta N° 8.907, de 14 de marzo de 2025, debiendo la autoridad migratoria permitir a la amparada su regularización migratoria.
El recurso de amparo fue interpuso en favor de una ciudadana venezolana en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por cuanto con la dictación de la Resolución Exenta N° 8907, de fecha 14 de marzo de 2025, se ordenó su expulsión de territorio nacional, acto ilegal y arbitrario que constituye una vulneración a su derecho a la libertad personal y seguridad individual, solicitando se deje sin efecto la misma a fin de restablecer el imperio del derecho.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de amparo, toda vez que no advierte ilegalidad o arbitrariedad en la resolución dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, toda vez que se encuentra debidamente fundada.
Sin embargo, apelada dicha decisión, la Corte Suprema la revocó, ya que, consideró que la medida de expulsión es desproporcionada, toda vez que si bien ingresó de manera irregular al país, mantiene un importante arraigo familiar dentro del territorio nacional, lo cual desaconseja la materialización de la sanción migratoria dispuesta por la autoridad administrativa en atención al principio de unificación familiar.