19-09-2024
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Corte Suprema ordenó seguir la tramitación del procedimiento ante tribunal no inhabilitado

La excepción de incompetencia debe ser resuelta en sentencia definitiva.

El pasado 06 de agosto en causa rol N° 22.298-2024 acogió el recurso de queja deducido en contra de la ministra y ministro suplente de la Corte de Apelaciones de Santiago por la dictación de la sentencia de 18 de junio de 2024, la cual invalidó y en su lugar, rechazó la decisión de 16 de abril y se rechazó la excepción de falta de jurisdicción planteada por la parte demandada, debiendo el tribunal no inhabilitado continuar con la tramitación del procedimiento, conforme el orden consecutivo legal.

Cabe tener presente que en primera instancia se dedujo demanda solicitando que se declare que la relación que vinculó a la actora con la demandada Global 81 SpA es de carácter laboral y que, en la audiencia preparatoria, la judicatura acogió la excepción de falta de jurisdicción, fundada en que los servicios se habrían prestado fuera del territorio de la República.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia dictada por la sentencia dictada por el tribunal de primera instancia que acogió la excepción de falta de jurisdicción opuesta por la demandada.

En contra de esa última decisión se interpuso recurso de queja, el cual fue acogido, toda vez que el hecho que haber acogido una excepción de falta de jurisdicción sobre la base de una determinación prematura y adelantada, de un asunto que debió discernirse en la decisión definitiva, configura una falta y abuso grave que hace menester acoger el arbitrio en estudio.

Corte Suprema Rol N° 22.298-2024

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