En el órgano constituyente solo una Iniciativa Popular de Norma logró sortear las 15 mil firmas en materia de protección de datos personales.
“Hoy, más que nunca, la privacidad, los datos personales y la ciberseguridad, recobran especial importancia frente a las tecnologías digitales, pero también frente a las amenazas tradicionales que provienen del Estado y de particulares”. De esta forma, el Centro de Estudios en Derecho Informático de la Universidad de Chile presentaba la única Iniciativa Popular de Norma que logró llegar a las más de 15 mil firmas en materia de protección de datos personales.
Se trata de un tema que ha estado en la palestra, especialmente en los últimos dos años, producto de la pandemia, que obligó a prácticamente todos los chilenos a quedarse en sus casas y realizar sus labores a través de dispositivos móviles y de manera telemática.
Si bien a lo largo de la historia, Chile ha protegido la vida privada de las personas a través de sus distintas constituciones, según los expertos es de vital importancia que en el nuevo proceso constituyente, este derecho quede consignado claramente en el texto que se proponga a la ciudadanía en el plebiscito de salida.
Desde el Reglamento Constitucional de 1812 se han protegido los papeles, los efectos personales, la correspondencia y el hogar. A partir de 1980, se incluyó la protección de la vida privada de las personas y su familia, y en el año 2018 se incorporó la protección constitucional de los datos personales.
Por esto, y tal como se expresa en el texto de la iniciativa popular de norma del CEDI, “esta tradición de largo aliento debe mantenerse en el futuro texto constitucional, pero se deben superar las limitaciones formales y adaptarse a los cambios sociales que las tecnologías digitales han supuesto en la vida cotidiana de las personas”.
En este mismo sentido, la abogada de Magliona Abogados, Bárbara Reyes, plantea que “la importancia de constitucionalizar aquellos derechos radica en que Chile debe mantener, como estándar y piso mínimo, al menos esas actuales consagraciones, que denotan años de cultura jurídica constitucional y debates en torno a los efectos e implicancias de aquellas temáticas”.
Nueva constitución, nueva oportunidad de actualizarse
Nuestro país ha intentado fuertemente adaptarse a los avances tecnológicos mundiales que exigen mayores estándares para enfrentar los desafíos de lo digital.
En este sentido, uno de los precursores y que ha trabajado fuertemente en esta materia es Felipe Harboe, actual convencional constituyente, y exsenador, señala que “en la economía digital los datos son relevantes y hay una necesidad de reconocer el principio de autodeterminación informativa y los derechos derivados de la protección de datos”.
Por su parte, Reyes indica que “nuestra futura Constitución tiene la oportunidad única de poder recoger los avances en materia de privacidad y protección de datos personales que se encuentran más adaptados a las exigencias que la era digital trae consigo, y permitiría mejorar nuestra imagen país a nivel internacional, y a tener una robusta base constitucional para la protección de los derechos fundamentales de las personas”.
Debido a lo anterior, es que tiene tanta importancia que la Iniciativa Popular de Norma presentada por el CEDI de la Universidad de Chile, y que logró superar las 15 mil firmas requeridas para poder ser discutida dentro de la Convención Constitucional.
Una de las novedades de la iniciativa es que contempla una regla de protección de los recintos privados superando la expresión “hogar” que actualmente utiliza el texto constitucional por un concepto más amplio como “recinto privado”, el que puede incluir servidores, servicios en la nube u otros espacios de la vida digital.
Seguridad Informática
El texto de la IPN del CEDI también innova en un concepto muy importante para los especialistas. Se trata del derecho a la seguridad informática.
El texto de la iniciativa indica que “atendido los riesgos y amenazas que supone el uso intensivo de tecnologías digitales para la seguridad digital de las personas, se propone crear un nuevo derecho constitucional que tenga por objeto promover, proteger y respetar la seguridad informática de las personas, sus familias y comunidades, incluyendo una mención expresa al derecho general de encriptación, como un medio jurídico y técnico de protección de la seguridad digital”.
La abogada Reyes advierte que si bien es algo novedoso para la ciudadanía, “se trata de un derecho que ya ha recibido desarrollo doctrinario en Chile y en el exterior, y que por cierto ya se encuentra contemplado en la Carta de Derechos Digitales de España”.
Al mismo tiempo, Reyes la inclusión de este derecho “podrían conformar nuestra tríada de garantías constitucionales digitales que permitirían a Chile enfrentar de mejor manera los desafíos de la transformación digital y las nuevas tecnologías. Esto es, serían los cimientos de un Chile adaptado a la era digital”.
Por su parte, Harboe advierte que “en materia de seguridad informática es clave instalar la obligación del Estado de proveer la infraestructura tecnológica, y del sector público y privado de adoptar medidas de ciberseguridad que garanticen la seguridad en el proceso de flujo de datos o valores”.
De igual manera, la experta destaca y valora la posibilidad de que Chile se consagre como una República Digital, tal como lo ha propuesto desde hace un tiempo el Senador Kenneth Pugh, y con quien conversamos sobre esto en una entrevista anterior (https://actualidadjuridica.doe.cl/senador-kenneth-pugh-sobre-ciberseguridad-en-chile-los-datos-mueven-hoy-el-mundo/).
“Valoramos positivamente dicha idea, contemplando la posible consagración de la triada de garantías constitucionales digitales mencionada anteriormente, y otros derechos fundamentales que también se han ventilado en el debate constituyente, tales como el de conectividad digital, alfabetización digital, y el derecho de las personas a relacionarse digitalmente con el Estado, entre otros, estaría incorporada implícitamente la noción de comprender a nuestro país como una República Digital, no siendo necesaria su consagración expresa”, señala Reyes.
Chile como potencia digital
La experta de Magliona Abogados es optimista en cuanto a los avances que puede dar nuestro país. Aún así, manifiesta que “debemos ser cuidadosos y no pretender que la Constitución regule de manera detallada e íntegra dichos derechos, pues esa no es su finalidad, pero sí la de sentar principios, bases y los cimientos para su posterior desarrollo”.
Y agrega que “se debe tener en consideración que se trata de principios o derechos matrices, cuya discusión en la Convención Constitucional es limitada en tiempo y forma, y que requerirán, de todas maneras, una mayor profundización por parte de la academia, del sector privado, y de los propios órganos del Estado a futuro”.
Harboe, en tanto, plantea que “si Chile quiere ser una economía digital y aumentar sus ingresos sobre la base del desarrollo y exportación de servicios tecnológicos, requiere de un entorno jurídico-administrativo que la fomente y exija estándares mundiales para sus proveedores de servicios”. El horizonte para un Chile digital está abierto y entrega muchas posibilidades. De la Convención Constitucional depende que esta esperanza se vuelva realidad.