07-05-2024
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Ingresa proyecto de ley que busca consagrar el derecho al olvido en relación a pacientes oncológicos

Establece que toda persona tiene derecho a la eliminación de la información clínica relacionada con un diagnóstico oncológico, de cualquier naturaleza u origen, para efectos de acceder a productos y servicios financieros.

El 25 de julio ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 16.122-03, que modifica la Ley N° 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, consagrando el derecho al olvido en relación a pacientes oncológicos.

Respecto del derecho a la eliminación de la información oncológica para fines de acceso a productos y servicios financieros, el presente proyecto de ley establece que toda persona tiene derecho a la eliminación de la información clínica relacionada con un diagnóstico oncológico, de cualquier naturaleza u origen, para efectos de acceder a productos y servicios financieros.

En este contexto, las entidades reguladas y fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero deberán eliminar todo registro de dicha información, cualquiera sea su soporte, una vez que hayan transcurrido tres años desde el alta médica. Asimismo, las personas podrán requerir directamente a estas instituciones la eliminación de tales registros, ya sea para sí o para pacientes respecto de quienes actúen como representantes.

Finalmente, la iniciativa establece que el incumplimiento de la obligación señalada será sancionado de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 21.000, sin que reciba aplicación lo dispuesto en los artículos 37 y 38 de esta ley.

Boletín Nº 16.122-03

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