En conversación con DOE: El banco de información de Chile, el socio de JDF Ambiental y exministro de Medio Ambiente, Javier Naranjo, analizó los alcances de la nueva Ley Marco de Permisos Sectoriales desde una mirada ambiental, abordando sus implicancias para la coordinación interministerial, la certeza jurídica y el ordenamiento territorial.
El abogado destaca que la coordinación interinstitucional y la fiscalización efectiva serán determinantes para que la nueva normativa no derive en impactos negativos, especialmente en zonas con alta sensibilidad ambiental. “El desafío es que el desarrollo no signifique retrocesos en la protección del medio ambiente”, subraya.
¿Cómo evalúa la nueva Ley Marco de Permisos Sectoriales desde una perspectiva ambiental? ¿Se logró equilibrar adecuadamente la necesidad de agilizar procesos con la exigencia de protección ambiental?
Me parece que la ley es muy buena y necesaria, porque se requiere agilizar los tiempos en la administración del Estado. Sin embargo, desde la perspectiva ambiental, la estrategia de tramitación que inició el Ejecutivo hizo que la parte ambiental quedara fuera del texto. Si bien es un complemento —porque en el caso del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental esta ley aplicaría a los permisos a posteriori—, en la evaluación ambiental en sí misma no tiene injerencia directa.
Una de las principales herramientas de la ley es la posibilidad de usar declaraciones juradas para trámites de bajo riesgo. ¿Cree que este enfoque podría generar vacíos en la evaluación ambiental si no se fiscaliza correctamente?
Las declaraciones juradas permitirán facilitar la tramitación de permisos y creo que van en la línea correcta, incluso considerando la lógica del silencio positivo. No obstante, en materia ambiental, además de la Declaración de Impacto Ambiental —que es un instrumento de evaluación en sí mismo—, se pensó en este mecanismo para la consulta de pertinencia.
En lo personal, no sé si es la mejor idea, ya que las respuestas a la consulta de pertinencia implican responsabilidad penal de acuerdo con la ley de delitos económicos y ambientales. Para efectos de permisos sectoriales es una buena herramienta, pero para el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental me parece insuficiente. En todo caso, el Ministerio del Medio Ambiente tendrá un rol preponderante en coordinar y asegurar que, una vez que una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) establezca un asunto ambiental, este no pueda volver a discutirse en un permiso sectorial.
¿Qué rol debiera tener el Ministerio del Medio Ambiente en la implementación de esta ley?
El Ministerio debe cumplir un rol clave, sobre todo en los permisos donde tiene competencia directa. Si bien la ley no entra en la parte ambiental, en la implementación será fundamental que el Ministerio vele porque lo resuelto en una RCA quede firme. Así se evita que un tema ambiental, ya zanjado, vuelva a revisarse en instancias sectoriales posteriores, fortaleciendo la evaluación ambiental.
Desde su experiencia, ¿cómo se puede evitar que esta ley termine debilitando la evaluación ambiental en territorios especialmente sensibles?
En teoría, la ley no debilita la evaluación ambiental. No obstante, dado que muchos permisos sectoriales requieren una RCA previa, es vital que lo aprobado en esa instancia no pueda reabrirse. Eso entrega certeza tanto a los territorios como a las inversiones.
En la evaluación ambiental sí se recogen las lógicas territoriales y, por lo tanto, los permisos sectoriales posteriores deberían respetarlas. De esta forma, se asegura que lo resuelto en materia de impactos ambientales no vuelva a discutirse, garantizando estabilidad y certeza jurídica.
¿La ley otorga espacio suficiente para incorporar el enfoque territorial, o sigue siendo una norma pensada desde la lógica centralista?
No veo que la ley deba generar zonas de sacrificio —concepto que, en mi opinión, está mal utilizado—. Más bien obedece a la lógica del ordenamiento territorial, donde los gobiernos regionales, el Ministerio del Medio Ambiente (a través de la evaluación ambiental estratégica) y el Ministerio de Vivienda y Urbanismo juegan un rol relevante para definir qué se puede o no hacer en un lugar determinado.
Es fundamental respetar el Estado de derecho y el ordenamiento jurídico: si algo está permitido, como la construcción de puertos o centrales eléctricas, debe poder realizarse, siempre que los titulares evalúen correctamente sus impactos ambientales y se hagan cargo de ellos conforme a la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.