08-11-2024
HomeNormativaLey Nº 21.559 regula el acceso a servicios sanitarios y atención preferente a personas con enfermedades inflamatorias intestinales

Ley Nº 21.559 regula el acceso a servicios sanitarios y atención preferente a personas con enfermedades inflamatorias intestinales

Para su difusión y concientización, la ley establece el día 19 de mayo de cada año como el Día Nacional de las Enfermedades Inflamatorias Intestinales.

El 28 de abril el Diario Oficial publicó la Ley Nº 21.559 del Ministerio de Salud, que regula el acceso a servicios sanitarios y atención preferente a personas con enfermedades inflamatorias intestinales, y promueve su conocimiento y la no discriminación.

La presente ley tiene como objeto asegurar el derecho al respeto de la dignidad humana y la no discriminación de las personas con enfermedades inflamatorias intestinales, facilitándoles el acceso a servicios higiénicos de forma gratuita y expedita, así como la promoción y difusión a la comunidad y destinatarios de ella de su contenido y obligatoriedad.  

Asimismo, busca propender a mejorar la calidad de vida de los pacientes, independiente del régimen previsional o sistema de salud del cual formen parte o del tratamiento médico elegido para paliar el dolor.

Además, la nueva ley establece que las personas con diagnóstico de una enfermedad inflamatoria intestinal u ostomizadas tendrán derecho a acceder libremente a baños o servicios sanitarios en el comercio en general y en los organismos del Estado. No se podrá condicionar de modo alguno el libre acceso al baño o servicio sanitario de las entidades señaladas a las personas que soliciten su acceso y se identifiquen como pacientes que tienen esta enfermedad o condición. Dichas entidades deberán establecer un protocolo de seguridad para acompañar a los pacientes al servicio higiénico que el establecimiento destine a efecto de cumplir con lo exigido por esta normativa.

Con la finalidad de que se les facilite el acceso a los servicios higiénicos, los pacientes podrán acreditar su diagnóstico a través de una credencial emitida por una organización de pacientes registrada conforme a lo dispuesto en la ley N° 20.850, o un certificado médico extendido por médico cirujano. El Ministerio de Salud podrá establecer un formato tipo de credencial o certificación única para que los pacientes puedan presentarla a quien lo requiera.

Además, la norma señala que las personas con enfermedades inflamatorias intestinales u ostomizadas tendrán atención preferente en la atención al público, en las mismas condiciones que las personas con discapacidad, siendoles particularmente aplicables, entre otras normas, la establecida en la ley Nº 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.

En los casos que no se cumpla lo estipulado en la ley, ésta establece que la persona o establecimiento de comercio que arbitrariamente prive a una persona del derecho establecido anteriormente será sancionado con una multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales.

Por otro lado, para su difusión y concientización la ley establece el día 19 de mayo de cada año como el Día Nacional de las Enfermedades Inflamatorias Intestinales.

Ley Nº 21.559

Comparte el contenido:
Etiquetas de Publicación