29-03-2024
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Personas jurídicas sin fines de lucro, deberán inscribir anualmente la individualización de sus aportantes

La fiscalización de la fidelidad de los datos inscritos recaerá en el Ministerio de Justicia.

Con fecha 29 de enero, ingresó al Senado la moción, boletín N° 14.039-06, que incrementa transparencia y establece la obligación de informar el origen de aportes recibidos por las personas jurídicas sin fines de lucro.

El proyecto, pretende corregir la grave falta de información y transparencia que existe en materia de composición y financiamiento de las fundaciones y corporaciones, incorporando para ello un nuevo inciso segundo al artículo 10 de la Ley N° 20.500, sobre asociación y participación ciudadana en la gestión pública, en donde se propone incluir, a la ya existente obligatoriedad de inscripción registro público a cargo del Registro Civil, la individualización de los aportantes de las personas jurídicas sin fines de lucro de manera anual, obligación que se entenderá cumplida mediante la incorporación del nombre, objeto, origen nacional o extranjero y monto de los aportes.

Finalmente, el boletín establece que la fiscalización de los antecedentes jurídicos y financieros contenidos en el Registro de personas jurídicas sin fines de lucro, recaerá en el Ministerio de Justicia.

Boletín N° 14.039-06

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