Recurrente tiene derecho al pago del promedio de horas extraordinarias que solicitó.
El pasado 31 de enero la Contraloría General de la República mediante el dictamen N° E180674N22 determinó que la procedencia del pago por efectuar trabajos extraordinarios en sistema de turnos mientras la funcionaria del hospital siga embarazada.
Una funcionaria del Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada presentó ante la II Contraloría Regional Metropolitana reclamando que, al momento de comunicar su estado de embarazo, se le remitió a cumplir labores de teletrabajo, perdiendo con ello la asignación de cuarto turno y por tanto viendo disminuidos sus ingresos.
Al respecto el órgano contralor señaló que atendido el estado del embazo, la recurrente no pudo realizar durante el período gestacional trabajos perjudiciales para su salud, como lo son aquellos que se ejecuten en horario nocturno o en horas extraordinarias, en cuyo caso debió ser trasladada a cumplir labores compatibles, sin que ello importara una reducción de sus remuneraciones. Por lo tanto, la recurrente tiene derecho al pago del promedio de horas extraordinarias que solicitó.