26-04-2024
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Proponen prohibir cualquier tipo de comunicación virtual a quienes cometen violencia intrafamiliar

El ofensor deberá abstenerse de realizar comentarios, divulgación, descalificación y amenazas por cualquier red social.

El pasado 18 de julio, ingresó a la Cámara de Diputados el Boletín N° 15.213-18, proyecto de ley que incorpora una nueva medida accesoria de protección a víctimas de violencia intrafamiliar en contexto de la Ley N° 20.066.

Dicho proyecto busca abordar la violencia virtual en la pareja como una nueva forma de violencia intrafamiliar, un problema nuevo que no se enfrenta en la ley N° 20.066.

En definitiva, el proyecto actualiza el texto y las medidas de protección que vengan en directo beneficio de las víctimas de VIF, de modo tal de cubrir con mayor eficacia las vías comunicacionales que puedan encontrar los agresores para ejercer violencia.

Así, la propuesta incorpora a la ley N° 20.066 la prohibición del ofensor de establecer cualquier tipo de comunicación con la víctima de manera virtual y de cualquier medio de red social, absteniéndose de realizar cualquier tipo de comentario, divulgación, descalificación, amenazas u otra acción por cualquier medio público virtual.

Este proyecto fue iniciado en moción por los diputados Héctor Ulloa, Carolina Tello, Jaime Araya, Marta González, Helia Molina, Carolina Marzán, René Alinco, Carlos Bianchi, Raúl Soto y Christian Tapia.

Boletín N° 15.213-18

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