Reforma al sistema de toma de razón y control de juridicidad

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La Contraloría actualiza el régimen de exención y registro, incorpora nuevas hipótesis y fija reglas específicas para actos municipales.

El 21 de febrero se publicó en el Diario Oficial la Resolución N° 3 de la Contraloría Genera de la República, que modifica la Resolución N° 36 de 2024, la cual fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

El texto señala que, debido al alto número de actos que emite la Administración del Estado, resulta necesario priorizar la toma de razón en materias consideradas esenciales por su entidad o trascendencia, así como por el efecto que generan en las personas y en la Administración.

La resolución redefine categorías dentro del artículo 2°, incorporando expresamente la “toma de razón con alcance y/o instrucciones”, la “abstención” y la “restitución”. Asimismo, precisa que cuando un acto sea tomado razón con alcance, la autoridad deberá notificar o publicar el acto junto con el oficio respectivo.

En materia contractual, se establece que estarán exentos del trámite de toma de razón los contratos ajustados a un formato tipo contenido en bases administrativas ya tomadas razón o previamente aprobadas por la Contraloría. No obstante, el acto de adjudicación permanecerá afecto a dicho control.

La modificación también actualiza los umbrales en unidades tributarias mensuales (UTM) respecto de aportes o transferencias de recursos, contratación de bienes y servicios, ejecución de obras públicas, consultorías y concesiones, entre otras materias.

La resolución incorpora un nuevo Título III, denominado “Materias Municipales”, que distingue entre actos afectos a toma de razón y actos sometidos a registro.

Quedarán afectos a toma de razón, entre otros, los reglamentos de creación o modificación de plantas de personal municipales, las bases y adjudicación de contratos de recolección de basura y la aplicación de medidas disciplinarias cuando se imponga una sanción distinta a la propuesta en procedimientos instruidos por la Contraloría.

En cuanto a las materias sujetas a registro, deberán remitirse dentro de 15 días hábiles diversos decretos alcaldicios en materias de personal, incluyendo nombramientos, ceses, prórrogas de contrata, contratos a honorarios, beneficios remuneratorios, bonos de incentivo al retiro, instrucción de sumarios e investigaciones sumarias, y determinación de sujetos pasivos en materia de lobby y declaraciones de intereses y patrimonio.

La resolución agrega nuevas hipótesis sujetas a control, como acuerdos de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo), del Comité del Sistema de Empresas (SEP) o de empresas públicas creadas por ley que autoricen aumentos o disminuciones de la participación del Estado.

Asimismo, incluye actos que aprueben normas, instrucciones, guías u orientaciones de aplicación general emanadas de determinados órganos, entre ellos el Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Dirección General de Aguas.

La resolución entrará en vigor el 1 de junio de 2026.

Resolución N° 3

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