La Corte estimó que, aunque existió infracción al deber funcionario, la destitución aplicada por la Municipalidad de San Pedro de la Paz resultó desproporcionada frente a las circunstancias del caso.
El fallo confirmó que la cancelación de matrícula exige notificación formal, instancia de descargos y reconsideración, validando la multa del 3% de subvención impuesta por la Superintendencia.
El máximo tribunal revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Chillán y declaró que la controversia sobre el descuento de $141.510.260 por atraso contractual debe resolverse en la vía ordinaria y no mediante acción cautelar.
Instruyó a Gendarmería trasladar en 24 horas a persona privada de libertad para su resolución quirúrgica definitiva y autorizó salidas médicas bajo supervisión familiar.
El máximo tribunal rechazó la acción interpuesta por funcionaria a contrata, estimando que la decisión institucional se fundó en una anotación de demérito y en el procedimiento calificatorio legalmente previsto.
Máximo tribunal sostuvo que la protección de la Ley del Consumidor alcanza a quien utiliza o disfruta el servicio como destinatario final, aunque no sea el propietario inscrito del vehículo involucrado.
Máximo tribunal sostuvo que la ausencia de licencia de conducir no justificaba reducir la indemnización por daño moral, ya que no tuvo incidencia causal en el accidente que provocó la muerte del trabajador.