03-12-2024
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Se decreta alerta sanitaria en comunas de la Región de Valparaíso

Las comunas son Concón, Quintero y Puchuncaví.

El 27 de mayo el Diario Oficial publicó el decreto Nº 15 del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria en las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, de la Región de Valparaíso, para enfrentar la emergencia de salud que puede producirse por las circunstancias señaladas en los considerandos del presente decreto.

El presente Decreto otorga a la Superintendencia de Salud de la Región de Valparaíso algunas facultades entre las cuales se encuentra: efectuar la contratación del personal de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Código Sanitario, además de otros mecanismos de contratación previstos en la legislación vigente y realizar los traslados del personal que se requiera desde otras dependencias o establecimientos, mediante los correspondientes cometidos o comisiones de servicio.

Además, ordenar la disminución de la emisión de material o sustancias contaminantes de fuentes fijas comunitarias e industriales cuando las condiciones sanitarias así lo ameriten. Por otro lado, suspender, total o parcialmente, el funcionamiento de fuentes fijas comunitarias e industriales que emitan material contaminante cuando las condiciones sanitarias así lo ameriten, previa visación por escrito de la Subsecretaría de Salud Pública.

El decreto establece que los servicios públicos y demás organismos de la Administración del Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias, y otras entidades públicas o privadas deberán proporcionar la colaboración y ejecutar las acciones que les sean requeridas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, para el cumplimiento de las facultades extraordinarias que se han dispuesto en el presente acto y las demás acciones que dichas autoridades estimen necesarias para enfrentar esta emergencia.

Así, se señala que los efectos de este decreto tendrán vigencia hasta el 30 de septiembre de 2023, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado si las condiciones sanitarias así lo permiten o de prorrogar en caso de que estas no mejoren.

Decreto Nº 15

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