Enel no logró justificar el aumento significativo en el cobro del servicio eléctrico entre diciembre de 2017 y abril de 2018, ni explicar cómo determinó el monto facturado.
Enel no logró justificar el aumento significativo en el cobro del servicio eléctrico entre diciembre de 2017 y abril de 2018, ni explicar cómo determinó el monto facturado.
El Ministerio de Energía deberá dictar o modificar los reglamentos para dar aplicación a lo dispuesto en la presente ley, dentro del plazo de un año contado desde su publicación en el Diario Oficial.
La omisión de descuentos afecta no solo a los usuarios de forma individual, sino que genera una vulneración del interés colectivo, lo que justifica aplicar una sanción ejemplificadora.
La verificación del medidor de gas fue realizada por personal de la empresa distribuidora, y debió ser realizado por un organismo o laboratorio de certificación autorizado por la SEC.
Los actos objeto de la reclamación no cumplieron con los estándares del Derecho Administrativo.
Constituye un acto ilegal y arbitraria que vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental.
El proyecto de ley busca mejorar la protección de las personas electrodependientes al fortalecer la actualización y gestión del registro de pacientes, asegurando que las empresas concesionarias mantengan un registro actualizado y preciso.
Los cobros indebidos de suministro de energía eléctrica, por las que reclama en su acción cautelar, fueron acogidos, ordenando la rebaja del exceso cobrado en la cuenta de suministro eléctrico, quedando sin sustento el acto que las motivaba.
En el caso en concreto quedo en evidencia que no se ha ejercido la debida y oportunamente las labores de control y fiscalización que la ley le impone en su rol de organismo vigilante y fiscalizador de la actividad regulada.
El interesado deberá presentar ante la respectiva empresa en el plazo de tres días contados desde la fecha de reposición del suministro eléctrico, una solicitud de compensación.