13-10-2024
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Se rechazó la acción de protección por cobros indebidos de suministro eléctrico tras rectificación de la cuenta por Enel

Los cobros indebidos de suministro de energía eléctrica, por las que reclama en su acción cautelar, fueron acogidos, ordenando la rebaja del exceso cobrado en la cuenta de suministro eléctrico, quedando sin sustento el acto que las motivaba.

El 16 de septiembre la Corte Suprema en causa rol N° 11.328-2024 confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó la acción de protección interpuesto en contra de Enel Distribución Chile S.A.

Cabe tener presente que se interpuso una acción de protección en contra de Enel Distribución Chile S.A. por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en el cobro de boleta N° 258408027 del mes de julio del año 2021 que arroja un consumo de 41.010 kwh, lo que ha perturbado y amenazado su legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 19 numeral 1 y 24 de la Constitución Política de la República.

El recurrente indica que es profesor jubilado y que con echa 14 de julio del año 2021, encontrándose en las oficinas de Enel Distribución, a fin de solicitar una copia de la boleta de su antigua propiedad, se le hizo entrega de la boleta N° 258408027 del mes de julio del año 2021, que arrojaba un consumo de 41.010 kwh, lo cual, continua, es falso, toda vez que la lectura del medidor de dicha propiedad es de 37.650 kwh. Sostiene, que por culpa del error cometido por la recurrida, la cuenta por consumo de luz ascendía a la suma de $376.079, a pagar desde el mes de octubre del año 2020 al mes de julio del año 2021, encontrándose la propiedad sin moradores.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la acción interpuesta, toda vez que los montos cobrados en exceso se encuentran íntegramente rebajados de la cuenta de suministro, con fecha 10 de marzo del año 2022, en cumplimiento a lo instruido en Oficio N° 106460, por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, lo que se cumplió mediante descuentos a título de nota de crédito, en la cuenta del cliente, en etapas mensuales sucesivas, a partir de diciembre de 2021 hasta abril de 2022, totalizando la suma de $ 314.936. Monto éste, que actualmente se encuentra reflejado en la boleta de suministros del recurrente.

Por lo tanto, los cobros indebidos de suministro de energía eléctrica, por las que reclama en su acción cautelar, fueron acogidos, ordenando la rebaja del exceso cobrado en la cuenta de suministro eléctrico, quedando sin sustento el acto que las motivaba.

Apelada dicha decisión, la Corte Suprema la confirmó.

Corte Suprema Rol N° 11.328-2024

Corte de Apelaciones de Santiago

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