El Dictamen N°308/29 reconsidera íntegramente la doctrina vigente desde 2023 y establece que el trabajador que cambia de sindicato mientras mantiene un instrumento colectivo vigente no se incorpora a la negociación del nuevo sindicato hasta el término de ese instrumento.
La Segunda Sala concluyó que las medidas de control adoptadas no fueron suficientes y dispuso el cese de emisiones sonoras amplificadas en horario nocturno, además de reforzar la fiscalización municipal.
Máximo tribunal acogió un recurso de unificación de jurisprudencia, y resolvió que una renuncia sin las formalidades exigidas por el Código del Trabajo carece de eficacia para poner término al vínculo laboral.