Se homologó el contrato de franquicia a las normas de subcontratación, siendo la empresa franquiciante responsable de las remuneraciones y cotizaciones impagas de los trabajadores contratados por la empresa franquiciada.
Las personas que hayan sido contratadas mediante el decreto Nº 4, podrán seguir ejerciendo en base a dicha autorización hasta por el plazo de un año contado desde el término del estado de Alerta Sanitaria.
Máximo tribunal sostuvo que la protección de la Ley del Consumidor alcanza a quien utiliza o disfruta el servicio como destinatario final, aunque no sea el propietario inscrito del vehículo involucrado.
Máximo tribunal sostuvo que la ausencia de licencia de conducir no justificaba reducir la indemnización por daño moral, ya que no tuvo incidencia causal en el accidente que provocó la muerte del trabajador.