Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido respecto del artículo 495 N° 3 del Código del Trabajo.
El proyecto de ley considera importante incorporar ciertas prohibiciones respecto de personas naturales o jurídicas que pretendan contratar con el Estado.
Tendrá por objeto promover la adecuada gestión y gobernanza de los humedales urbanos, así como asesorar en la aplicación de la Convención Ramsar en el país.
En este contexto, Schubert describe que existen normas sectoriales que seguirán teniendo aplicación y obligarán a una mirada más sistémica de los datos.
La Segunda Sala concluyó que las medidas de control adoptadas no fueron suficientes y dispuso el cese de emisiones sonoras amplificadas en horario nocturno, además de reforzar la fiscalización municipal.
Máximo tribunal acogió un recurso de unificación de jurisprudencia, y resolvió que una renuncia sin las formalidades exigidas por el Código del Trabajo carece de eficacia para poner término al vínculo laboral.