La Municipalidad demandada tiene la obligación de velar por el buen y apropiado estado de dicha vía pública, esto es, mantenerla en condiciones adecuadas para el tránsito sea peatonal.
Se postergó los tres años de plazo de entrada en vigencia (de los artículos 3º, 4º y 5º), por un plazo de 54 meses a partir de la publicación de la presente ley.
La trabajadora buscaba revertir el efecto liberatorio de un finiquito respecto de acciones de declaración de relación laboral, unidad económica y nulidad del despido.
Máximo tribunal sostuvo que la administración no solo está facultada, sino obligada a recuperar fondos públicos pagados erróneamente, respetando límites legales en los descuentos.