Se descartaron vulneraciones al debido proceso y reafirmó que el recurso de reclamación judicial solo permite revisar la legalidad del acto administrativo.
No se constata de parte del órgano recurrido la comisión de actos ilegales o arbitrarios, rigiéndose en todo momento conforme a la normativa específica y las bases.
Máximo tribunal acogió un recurso de unificación de jurisprudencia, y resolvió que una renuncia sin las formalidades exigidas por el Código del Trabajo carece de eficacia para poner término al vínculo laboral.