No tiene en consideración de las circunstancias familiares de la recurrente.
El 07 de agosto la Segunda Sala de la Corte Suprema en causa rol 182.591-2023 revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en cuanto rechaza el recurso de amparo interpuesto y lo declara acogido, dejando sin efecto la prohibición de ingreso al territorio nacional que le afecta a ciudadana dominicana.
Cabe tener presente que se interpuso una acción de amparo en contra de la decisión emanada de la repartición pública recurrida, contenida en la Resolución Exenta N° 2524 de 2 de septiembre de 2019, que dispone la expulsión del territorio nacional, por haber sido denunciado el ingreso clandestino al país.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el amparo, ya que, consideró que el recurso promovido ha perdido oportunidad, ya que, se pretende dejar sin efecto una Resolución Exenta que ya se encuentra agotada, ejecutándose la orden decretada en el año 2019, consolidando los efectos del acto recurrido. Añadió que la amparada se encuentra fuera de territorio nacional y no detenido por autoridades nacionales, por lo que no es posible adoptar medidas cautelares urgentes, ya que, el cese de los efectos de la orden de expulsión, se han disipado, tornándose inidónea la medida solicitada.
Apelada dicha decisión, la Corte Suprema la revocó, en consideración a que la prohibición de ingreso se mantiene plenamente vigente y es la que ha impedido a la recurrente solicitar residencia transitoria por reunificación familiar.
Añadió que la prohibición de ingreso se funda en un examen formal de antecedentes, sin que para su actual ejecución se haya ponderado las circunstancias familiares de la recurrente, que permitieran examinar adecuadamente la situación y fundamentar la vigencia de la misma, por lo que la adolece de la debida justificación, a la luz de la legislación actualmente vigente.