Con la expresa prohibición de realizar propaganda política.
El 19 de octubre el Diario Oficial publicó la ley Nº 21.619 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que permite a la comunidad insular de Rapa Nui ser titular o hacer uso de una concesión de radiodifusión televisiva de libre recepción.
La presente ley incorpora un nuevo inciso en el artículo 18 de la ley N° 18.838, que crea el Consejo Nacional de Televisión. Así la municipalidad, las corporaciones y las fundaciones municipales de la comuna de Rapa Nui, podrán ser titulares de una concesión de servicio de radiodifusión televisiva, o hacer uso de ella, con la expresa prohibición de realizar propaganda política.