04-10-2024
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Corte Suprema rechazó la acción de protección interpuesta por los propietarios de la Comunidad Edificio Miramar Reñaca en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso

Corte Suprema rechazó la acción de protección interpuesta por los propietarios de la Comunidad Edificio Miramar Reñaca en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso

La Delegación Presidencial Regional de Valparaíso ha dispuesto todos los mecanismos razonables a su alcance para proteger la propiedad de los recurrentes.

El 27 de septiembre la Corte Suprema en causa rol N° 43.546-2024 confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, la que rechazó la acción de protección en favor de los propietarios de la Comunidad Edificio Miramar Reñaca en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso.

Cabe tener presente que se interpuso una acción de protección en favor de los propietarios de la Comunidad Edificio Miramar Reñaca en contra de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, por su conducta omisiva al no implementar medidas de protección eficaces para resguardar la seguridad del Edificio Miramar, ubicado en Avenida Costa de Montemar N° 50, luego de los dos robos con fuerza en las cosas producidos en el perímetro de seguridad implementado por la  recurrida en los socavones ocurridos en agosto y septiembre del año 2023, afectando los derechos garantizados en el numeral 1, 2, 5 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó la acción interpuesta, argumentando que la recurrida ha dispuesto de todos los mecanismos razonables a su alcance para proteger la propiedad de los recurrentes, no advirtiendo ninguna ilegalidad ni arbitrariedad en el actuar de la Delegación, no existiendo medidas para adoptar.

Apelada dicha decisión, la Corte Suprema la confirmó.

Corte Suprema rol N° 43.546-2024

Corte Apelaciones Valparaíso

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