22-10-2024
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Moción dispone nuevas inhabilidades para optar a los cargos públicos de senadores y diputados

Además, se establece como inhabilidad para optar a cualquier cargo de representación popular a quién se encuentre con una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos.

El pasado 02 de octubre ingresó al Senado el boletín N° 17155-07, el cual modifica la Carta Fundamental, con el objeto de aumentar las causales de inhabilidad para optar a los cargos públicos que indica.

El objetivo del proyecto de ley es establecer nuevas hipótesis de inhabilidades para poder ser candidato o candidata a cargos parlamentarios, basadas en los vínculos de parentesco consanguíneo respecto a las autoridades que se nombran en el artículo 57 de la Constitución Política de la República, y también para optar a ser parte del Poder Judicial respecto a las mismas personas.

Además, se establece como inhabilidad para optar a cualquier cargo de representación popular a quién se encuentre con una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos.

Así, se dispone expresamente que no podrán optar a los cargos de Presidente de la República, Senador, Diputado, Gobernador Regional, Consejero Regional, Alcalde y Concejal, quienes cuenten con una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos al momento de inscribir su candidatura.

Además dicha inhabilidad también afectará a los parientes por consanguinidad de las personas nombradas en el artículo 57 de la CPR, con excepción de las señaladas en el numeral 7, y a los parientes por consanguinidad de los diputados y senadores en ejercicio y sus cónyuges.

Finalmente se establece que no podrán no formar parte del poder judicial los parientes por consanguinidad de las personas nombradas en el artículo 57 de la CPR, con excepción de las señaladas en el numeral 7 del mismo, y a los parientes por consanguinidad de los diputados y senadores en ejercicio y sus cónyuges.

Boletín 17155-07

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