07-11-2024
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Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó recurso de amparo interpuesto contra juez de garantía por mantener internación provisional de imputado

Se trata de una resolución dictada por un tribunal de la República en el marco de sus atribuciones legales y dentro de la esfera de su competencia, debidamente justificada.

El pasado 28 de octubre la Corte de Apelaciones de San Miguel en causa rol N° 786-2024 rechazó el recurso de amparo deducido en contra del juez titular del Juzgado de Garantía de Puente Alto.

Cabe tener presente que se interpuso un recurso de amparo en representación de una persona que se encuentra privado de libertad en contra del juez que dispuso mantener la internación provisional de su representado, decisión que estima ilegal, solicitando que se deje sin efecto la misma, decretando la libertad de su representado, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho.

Se señala en el recurso que el amparado fue formalizado por el delito de desacato del artículo 240 inciso 2º del Código de Procedimiento Civil, instancia en la que se decretó su prisión preventiva, cumpliendo dicha medida en el CDP Puente Alto. Posteriormente, el 19 de julio de este año, se sustituyó dicha medida cautelar por la de internación provisional, al haberse decretado la suspensión del procedimiento en concordancia con lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal. Ante ello, el 25 de julio recién pasado, se informó por parte del Hospital Horwitz, que su representado se encuentra en lista de espera para el ingreso a dicha institución, ocupando el lugar 65. Ante ello, aún cumple la medida cautelar en el CDP antedicho, ya que Gendarmería habría informado que el traslado al ASA del CDP Santiago 1 no era posible.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó la acción interpuesta, toda vez que el asunto planteado por la recurrente no aparece como una de aquellas hipótesis contempladas en el artículo 21 de la Carta Fundamental, por cuanto no se vislumbra la existencia de alguna actuación ilegal por parte del recurrido que suponga vulneración o amenaza de los derechos constitucionales que protege la acción incoada, pues se trata de una resolución dictada por un tribunal de la República en el marco de sus atribuciones legales y dentro de la esfera de su competencia, debidamente justificada y la misma no conculca la libertad personal y seguridad individual del imputado.

Corte de Apelaciones de San Miguel rol N° 786-2024

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