No se comprobó la existencia de una acción u omisión que pueda calificarse de arbitraria o ilegal por la recurrida.
El pasado 11 de noviembre la Corte de Apelaciones de Santiago en causa rol N° 18.477-2024 rechazó la acción de protección interpuesto en contra de la Comunidad Parque del Sol.
Cabe tener presente que se interpuso una acción de protección en contra de la Comunidad Parque del Sol, por el acto que estima arbitrario consistente en las multas que la recurrida ha estado cursando en su contra a través de los gastos comunes de su departamento, lo que a juicio de la parte recurrente vulneró sus derechos a no ser discriminado e inviolabilidad del hogar.
La parte recurrente señaló que intentó llegar a un acuerdo con la administradora, lo que no fue posible y que le llegó un aviso en el que se le indicó que el día 28 de agosto del presente año se le cortaría la luz. Hace presente que es electrodependiente, con varios problemas de salud, ya que ha sufrido dos accidentes cerebro vasculares, tiene problemas de movilidad, ser insulinodependiente, requerir de oxígeno para dormir por las noches y que está tramitando su pensión de invalidez.
La Corte de Apelaciones rechazó la acción, toda vez que no se comprobó la existencia de una acción u omisión que pueda calificarse de arbitraria o ilegal por la recurrida. Indicó que dicha acción no constituye una instancia de declaración de derechos, sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y, por ende, en situación de ser amparados, presupuesto que en la especie no concurre.