Se proponen mejoras a la ley N° 21.094 para fomentar la flexibilidad y la eficiencia con que las Universidades Estatales pueden destinar sus recursos a la generación de conocimiento y soluciones innovadoras para el país.
El 07 de enero ingresó a la Cámara de Diputados el boletín N° 17322-03, el cual modifica cuerpos legales que indica, en materia de simplificación regulatoria y promoción de la actividad económica.
El proyecto de ley introduce una modificación en el artículo 100 bis del Código Tributario, el que regula la multa aplicable a los contribuyentes y asesores que sean sancionados por elusión en virtud de los artículos 4° ter o 4° quáter, el que fue sustituido por la ley N° 21.713. El objetivo de dicha modificación es adecuar los incisos cuarto y quinto del referido artículo a la facultad de aplicación de la norma general antielusiva, que se mantiene en sede judicial, estableciendo que la aplicación de la multa se pida junto con la declaración de abuso o simulación ante el mismo tribunal y se haga exigible solo tras sentencia firme.
Por otro lado, autoriza al Banco Central de Chile a suscribir y pagar el incremento de la cuota de la República de Chile en el Fondo Monetario Internacional, cumpliendo con los plazos y condiciones establecidos por el FMI.
Además, propone dos normas interpretativas que establecen legalmente el sentido y alcance de la Ley N° 21.561, por un lado, en relación a la expresión “jornada respectiva” del artículo 25 bis del Código del Trabajo, entendida como la alternativa de jornada acordada, ya sea de 40 horas semanales promedio o 180 horas mensuales con seis días de descanso adicional, y, por otra parte, “en forma proporcional” del artículo tercero transitorio de la Ley N° 21.561, entendida como la distribución gradual de la rebaja de cinco horas semanales, en ausencia de acuerdo, en cada día de la jornada semanal de cinco o seis días.
Adicionalmente, prorroga el plazo para elaborar planes de acción comunal de cambio climático, y para la actualización de los planes de acción regional de cambio climático que ya se encontraban en elaboración al 13 de junio de 2022.
Finalmente, prorroga la vigencia de patentes comerciales provisorias que vencieron el 2024, y modifica el plazo de vigencia de las patentes provisorias otorgadas conforme al artículo 26 de la Ley de Rentas Municipales.